sábado, 3 de octubre de 2009

CARTILLA DE INSTRUCCIONES ENCARGADO ELECTORAL Y APODERADOS GENERALES

ELECCIONES PRESIDENCIALES
Y PARLAMENTARIAS

CARTILLA DE INSTRUCCIONES PARA ENCARGADOS ELECTORALES Y APODERADOS GENERALES DE LOCAL 

I.-ORGANIZACIÓN DE LOS APODERADOS
El equipo compuesto por el Encargado Distrital y Apoderados Generales de Local deberá realizar las siguientes labores antes de la elección:
1.- Instrucciones y Coordinación
Deben recibir instrucciones, capacitación y coordinarse con los miembros del comité Electoral que preside el Sr. (___________)y demas componentes. Estudiar esta Cartilla Instructiva, así como también la cartilla de instrucciones para los Apoderados de Mesa.
2.-Reclutamiento de Apoderados de Mesa
 El Encargado Distrital de apoderados deberá iniciar una campaña de reclutamiento e inscripción de apoderados.
• En cada distrito se debe desarrollar una campaña de inscripción de adherentes y voluntarios. *Se debe implementar un sistema en línea de base de datos con esta información y la del padrón electoral, a través del cual se desarrollará el trabajo de apoderados en cada distrito.

• Este sistema le permitirá identificar a nuestros apoderados por local de votación y mesa en cada comuna y distrito y, facilitará su asignación definitiva.
• A la vez, el padrón electoral debe ser cruzado con la base de adherentes y voluntarios, los militantes de la UDI y, quienes fueron apoderados de la alianza el 2005
• Se recomiendan primeramente, a lo menos las siguientes acciones para reclutar la mayor cantidad posible de Apoderados:
• Contactar y comprometer como apoderados a los adherentes y voluntarios inscritos en la base de voluntarios de cada distrito.
• Actualizar los datos de contacto de quienes fueron apoderados en la elección anterior y comprometerlos como apoderados.
• Actualizar los datos de contacto de todos nuestros simpatizantes y militantes de la UDI y de la alianza comprometerlos como apoderados.
• Incorporar a la base de datos a todas aquellas personas que estén dispuestas a ser apoderados de mesa y que no estén registrados en este sistema.
Para utilizar este sistema se debe realizar una capacitación especifica a los encargados de distrito
3.-Llamar y contactar a los apoderados de mesa
Una ves reclutados ,llamar para confirmar su disposición para trabajar en esta función durante el día de la elección , y citarlos a reuniones de capacitación esta función durante el día de la elección, y citarlos a reuniones de capacitación.
4.- Capacitación de apoderados• Organizar reuniones de capacitación para los apoderados de mesa, en las
cuales los capacitadores deberán ser los apoderados generales de local. Se deberá instruir sobre el uso del material que contiene la carpeta del apoderado, revisando y estudiando muy especialmente la Cartilla Instructiva para Apoderados de Mesa.

5.- Material de trabajo de los apoderados de mesa debe comprender:
* El material de los Apoderados de Mesa comprende:
* Una carpeta *La Cartilla Instructiva para Apoderados de Mesa.
* Hoja con formatos de constancia.
* El poder que lo habilita como apoderado.
* Certificados de Escrutinio para las elecciones de Presidente, Diputados y Senador en las regiones que corresponda

II.-Actividades anrews de la eleccion
4.- Capacitación de apoderados
• Organizar reuniones de capacitación para los apoderados de mesa, en las
cuales los capacitadores deberán ser los apoderados generales de local. Se deberá instruir sobre el uso del material que contiene la carpeta del apoderado, revisando y estudiando muy especialmente la Cartilla Instructiva para Apoderados de Mesa.
5.- Material de trabajo de los apoderados de mesa debe comprender:
* El material de los Apoderados de Mesa comprende:
* Una carpeta *La Cartilla Instructiva para Apoderados de Mesa.
* Hoja con formatos de constancia.
* El poder que lo habilita como apoderado.
* Certificados de Escrutinio para las elecciones de Presidente, Diputados y Senador en las regiones que corresponda

6.- Material de trabajo de los apoderados de mesa debe comprender:
* El material de los Apoderados de Mesa comprende:
* Una carpeta *La Cartilla Instructiva para Apoderados de Mesa.
* Hoja con formatos de constancia.
* El poder que lo habilita como apoderado.
* Certificados de Escrutinio para las elecciones de Presidente, Diputados y Senador en las regiones que corresponda
* El material de los Apoderados Generales debe comprender:
* La misma carpeta del apoderado de mesa.
* El o los poderes que lo habilitan como Apoderados General de Local, y Apoderado ante la Oficina Electoral del local.
* Esta Cartilla de Instrucciones para Apoderados General de Local.
* Un ejemplar de la ley N° 18.700 de Votaciones Populares y Escrutinios.
* El teléfono de una central de consultas y denuncias que mantendrá funcionando el Comité Electoral durante el día de la elección a partir de las 7:00 AM, para resolver problemas y dudas de los apoderados generales y de mesa.
* Instructivo y planillas para transmitir por celular, los resultados de las primeras mesas, sólo respecto de aquellos Apoderados Generales que operen en locales especialmente seleccionados para estos efectos.
Adicionalmente los Encargados Distritales de Apoderados, recibirán el siguiente material del comité Electoral:
* Nómina de los locales de votación y de las mesas que comprenden. Este
material sólo estará actualizado a partir (__________)Noviembre, fecha en la cual las Juntas Electorales Determinarán oficialmente los locales de votación. Con anterioridad se trabajare! con la nómina de locales de la última elección municipal y que no debiera sufrir mayores cambios.
* Nómina de los Colegios Escrutadores, el lugar donde funcionarán y las mesas que les corresponde escrutar.
* Poderes para asistir y representar a nuestros candidatos ante los colegios Escrutadores que funcionarán el día siguiente de la elección.
* Formularios de Certificados de Escrutinio para recabar los resultados a nivel de Colegio Escrutador.
• Todo este material deberá ser recepcionado y distribuido por el Encargado Distrital de Apoderados.
* El Comité Electoral procurará despachar a la brevedad la Cartilla Instructiva de Apoderados Mesa para que sea usada y entregada a los apoderados de mesa durante la capacitación, Así como ejemplares de la Ley para uso de los apoderados generales que realicen la capacitación.
7.- Asignar los apoderados a las mesas de votación:
• En lo posible, se debe asignar al apoderado a la mesa en que vota o a una mesa en el local donde vota.
Si no se dispone de suficientes apoderados que voten en el mismo local, se pueden asignar apoderados que votan en otros locales o distritos. Se pueden asignar hombres como apoderados en mesas de mujeres y mujeres en mesas de varones.
• Se debe entregar la carpeta del apoderado con todo el material que debe contener con excepción del poder, el cual debe ser entregado por el Apoderado General de Local en el propio local de votación una vez que se ha constituido el apoderado de mesa. Los apoderados de mesa deberán ser instruidos respecto de no llenar el poder notarial con los datos de la mesa hasta el momento en que se presenten a la mesa respectiva.
• Se debe citar a los apoderados que votan en el mismo local donde se desempeñarán a las 7:00 AM del día de la elección. Respecto de los apoderados que no votan en dicho local, deberán ser instruidos de concurrir a votar a su local lo más temprano posible y después constituirse en el local donde actuarán como apoderados, salvo que el apoderado cuente con suficientes
apoderados que no votan en el local y puede organizar un sistema de turnos
8.- Designar a los apoderados ante los Colegios Escrutadores
• Estos apoderados deben ser designados en forma previa a la elección por el Encargado Distrital de Apoderados, la designación debe recaer en quienes se desempeñen como apoderados generales de local el día de la elección. Los designados deberán esjaf concientes de que pueden ser requeridos para esta función en caso de resultados estrechos y estar preparados para ejercerla.
9.- Acreditarse como apoderado ante las Juntas Electorales
• Los Encargados Distritales, deben acreditarse como apoderados a objeto de concurrir a las Juntas Electorales del Distrito, tanto para día (_____________) Noviembre donde dichas Juntas designan los vocales de mesa y se deciden los locales de votación. Como también durante el día de la elección, para poder hacer presente, problemas o actuaciones irregulares de los Delegados de las Juntas en los locales de votación.
10.- Coordinar el transporte de los apoderados
Ello puede ser necesario especialmente cuando se cuente con apoderados que no votan en el mismo local de votación y para asegurar la cobertura de todas las mesas.
11.- Coordinar la entrega de colaciones:
Se debe instruir a los apoderados de mesa, de que concurran al local de votación premunidos de su propia colación. Ello evitará todo tipo de problemas. En todo caso el Encargado Distrital de apoderados debe organizar el tema de las colaciones de su distrito de acuerdo a los recursos y lo que dispongan las candidaturas parlamentarias.

III.- ACTIVIDADES DURANTE EL DÍA DE LA ELECCIÓN
Los Apoderados Generales de locales de votación deberán realizar las siguientes labores durante el día de la elección:
1.- Constituirse en el local de votación a las 7:00 AM.
*Ello es fundamental aún en el caso de que no voten en el mismo local, a objeto de asignar a los apoderados de mesa, entregar poderes y controlar la constitución de las mesas.
• Efectuadas estas labores se deberá establecer un sistema de turnos, entre los apoderados generales y apoderados ante la oficina electoral, para ausenrtarse y concurrir a votar a otro local. Todos los apoderados generales deberan estar en el local a las 16:00 haras (PM)
2.- Contar con un poder Notarial que los acredite
Recuerde que hay un poder para el apoderado general de local y otro poder
distinto para el apoderado ante la Oficina Electoral del local. Cada uno deberá presentarse ante el Delegado de la Junta Electoral en el recinto de votación haciendo saber su condición.
3.- Deberán llevar al local de votación las carpetas de apoderados y poderes
• Deberán llevar todas las carpetas de apoderados de mesa que un fueron entregadas con anticipación y la totalidad de los poderes en blanco. Además del material de los apoderados generales.
4.- Deberán recibir a los apoderados de mesa
• Revisar que cuenten con su carpeta con todo el material, completar lo que faltara, entregarles el poder y chequear su asignación a las mesas respectivas, reasignándolos cuando sea necesario.
5.- Colaborar en la constitución de la mesas cuando falten los vocales
• El apoderado general puede autorizar a los apoderados de mesa de ejercer dicha función de vocal, siempre que les corresponda votar en ese mismo local. Ello deberá ser autorizado y resuelto por el Delegado de Junta Electoral, quién tiene el poder de constituir las mesas con otros votantes cuando faltan los vocales titulares. En este caso se deberá instruir al apoderado que actuará como vocal, que procure ser designado presidente o secretario de la mesa, haciendo saber su conocimiento sobre la materia. El apoderado deberá defender igual los intereses de nuestros candidatos y obtener de la mesa los certificados de escrutinio en los formularios que ha dispuesto nuestra candidatura.
6.- Estar disponible para resolver dudas y consultas de los apoderados de mesa
• Apoyarlos en caso de conflictos e incidentes, dar instrucciones y en general realizar todas las acciones para que puedan cumplir en mejor forma su labor. Asesorarlos en dejar constancias en las actas de la mesa, respecto de aspectos incorrectos o determinaciones erróneas de la mesa.
7.- Reasignar a los apoderados de mesas
• Si no cuenta con apoderados para cubrir todas las mesas, asignarlos a las que le parezcan más conflictivas, y si hay más de una mesa por sala de clases, repartirlos de tal forma de que haya un apoderado en cada sala
Cubriendo dos o mas mesas . Disponer de los apoderados que finalicen su trabajo en las mesas que terminen antes sus escrutinios , puedan desempeñarse como apoderados en otras mesas que se encuentre mas atrasadas y obtener asi certificados de escrutinios de todas las mesas
8.- Exigir una conducta apropiada a los apoderados
• Los apoderados de la UDI deberán tener una actitud firme, pero no pueden ser parte de alborotos o desórdenes. El uso de la violencia, insultos o lenguaje impropio, son inaceptables y solamente desprestigian a nuestro partido. También es inaceptable cualquier actuación al margen de ley electoral para beneficiar a nuestros candidatos.
9.- Procurar que los apoderados de mesa no abandonen sus labores
• No abandonen sus labores hasta el término de los escrutinios, a pesar de los rumores o versiones que circulen respecto de resultados parciales y de posibles ganadores de la elección. Su trabajo termina con el escrutinio completo de la elección de diputados, las actas llenadas y firmadas, los votos ensobrados y sellados. Que conformen un equipo que se mantenga cohesionado en el local hasta el término de la última mesa.
10.- Recolectar en el mismo local de votación los certificados de escrutinio
• Los certificados de escrutinio que obtengan los apoderados de las mesas.
11.- Transmitirá! Comité Electoral los resultados de las primeras mesas
• Transmitir los resultados al Comité Electoral de las primeras mesas que cierren su votación por medio de teléfono celular. Esta función sólo corresponderá respecto de algunos locales específicos que decidirá el Comité Electoral, a los cuales entregará instrucciones oportunamente.
12.- Abandonar el local de votación sólo cuando la última mesa haya terminado el proceso completo
• Abandonar el local de votación sólo cuando la ultima mesa haya terminado su escrutinio y después de recolectar los certificados de escrutinio de todas las mesas.
13.- Entregar la misma noche de la elección o a primera hora del día siguiente los certificados de escrutinio
• Entregarlos debidamente ordenados en forma correlativa de acuerdo a la numeración de las mesas, al Encargado Distrital de apoderados o a quién este instruya , en el lugar que este haya dispuesto.
14.- Quedar disponible para actuar como Apoderado ante el Colegio Escrutador
Quedar disponible para actuar como Apoderado ante el Colegio Escrutador al día siguiente de la elección, o1 para ayudarlos, todo ello si las circunstancias lo ameritan según lo disponga el Encargado Distrital de Apoderados.
IV.- ACTIVIDADES DESPUÉS DEL DÍA DE LA ELECCIÓN
• Los Encargados Distritales de Apoderados y muy especialmente los apoderados ante los colegios escrutadores deberán realizar las siguientes labores después del día de la elección:
1.- Recopilar los certificados de escrutinio
• Los Encargados Distritales de Apoderados deberán recopilar de sus apoderados generales de local, todos los certificados de escrutinios de las mesas. Ordénanos por Colegio Escrutador, por local de votación y por número de mesa.
2.- Recibir instrucciones respecto de concurrir a los Colegios Escrutadores
• El Comité Electoral determinará si es necesario concurrir a estos colegios, ya sea para la elección presidencial, o para diputados o para la de senadores si corresponde. Ello se hará en función de los resultados de la elección entregados por el Ministerio del Interior, lo completo de estos cómputos, y lo estrecho del resultado. Recibida la instrucción, el Encargado Distrital deberá preocuparse que los apoderados ya designados cumplan a cabalidad este trabajo y en general tratar de obtener la colaboración de todos los apoderados generales que actuaron el día de la elección.
3.- Concurrir a los colegios escrutadores a las 14:00 horas
• Concurrir a las 14:00 horas del día siguiente de la elección. Las sesiones de los colegios son públicas (Art. N° 87 Ley N° 18.700), por lo cual es recomendable que el apoderado ante los colegios escrutadores concurra acompañado de los apoderados generales de local que actuaron el día anterior, a objeto de que lo ayuden en sus funciones.
4.- Contar con un poder notarial
Un poder notarial que lo acredite como apoderado ante el Colegio Escrutador (Art . Nº 159 Ley Nº 18 700) , LOS CUALES SERAN ENTREGADOS POR EL COMITÉ ELECTORAL
5.- Concurrir con los certificados de escrutinio
• Concurrir con los certificados de escrutinio obtenidos por los apoderados de mesas durante el día de la elección. Esto es fundamental, ya que el trabajo principal consiste en cotejar el resultado informado por el presidente de la mesa al Colegio, con el resultado que se le certificó a nuestro apoderado. De esta forma se puede determinar un fraude que intente modificar el resultado real de nuestros candidatos. Además será necesario contar con calculadoras. Si se cuenta con un computador portátil es mucho mejor.
6.- Los colegios escrutadores se constituyen por los presidentes de las mesas
• Por los presidentes de las mesas de votación, quienes deben concurrir a la sesión llevando una copia del acta de escrutinio de la mesa de votación (Art. N° 82 Ley N° 18.700). Son elegidos seis presidentes de mesa al azar como miembros titulares del colegio escrutador (Art. N° 83 Ley N° 18.700). Si hay presidentes de mesa que sean militantes o simpatizantes de nuestro partido, procurar que se presenten como voluntarios. Actúa como Secretario del colegio una persona designada por el Director del Servicio Electoral sin que tenga derecho a voto (Art. N° 84 Ley N° 18.700).
7.- Durante el funcionamiento del colegio escrutador
• El secretario leerá las actas de las mesas, pudiendo los miembros comprobar la exactitud de la lectura. Se procederá a sumar los votos obtenidos por cada candidato, y se confeccionará en triplicado un cuadro en el que se anotaran detalladamente los resultados por mesa y por candidatos. Si faltaren actas de las mesas o ellas tuvieran errores u omisiones, el escrutinio se hará en base a fotocopia del acta estampada en el registro que proporcionará la Junta Electoral. (Art. N° 87, 88, 89 Ley N° 18.700). El colegio escrutador no tiene facultad para deliberar ni resolver cuestión alguna sobre la validez de la votación (Art. N° 79 Ley N° 18.700). No es función del Colegio revisar los votos. El Colegio escruta y trabaja solamente con actas de las mesas.
8.- Los apoderados deberán cotejar los resultados de las actas leídas y anotadas en los cuadros con nuestros certificados de escrutinio
• Los apoderados deberán cotejar los resultados de las actas leídas y anotadas en los cuadros con los certificados de escrutinio que se encuentren en su poder y que les fueron proporcionados por los apoderados de mesa. En caso de discrepancias deberán solicitar que se deje constancia en las actas de funcionamiento del colegio. (Art. N° 94 Ley N° 18.700). Es fundamental que quede la constancia de estas diferencias ,ya que después se puede pedir al tribunal que revise la mesa en forma completa .
9.- Los apoderados deberán realizar sumas ae ios votos candidato
• A objeto de cotejar las sumas practicadas por los colegios. Para ello es importante contar con calculadoras, ayudantes y computadores portátiles. Se deberá dejar constancia efl.jas actas del Colegio de las diferencias en las sumas.
10.- El Colegio deberá levantar un acta
• Deberá levantar un acta en tres ejemplares, donde entre otras cosas conste los resultados totales obtenidos por cada candidato y los votos nulos y en blanco, así como las observaciones y reparos. Las actas deberán ser firmadas por los miembros del colegio y su secretario y los apoderados que lo deseen (Art. N° 89 y 90 Ley N° 18700).
11.- Los apoderados tienen derecho a que el secretario del colegio les certifique una copia del cuadro y del acta
• El acta que contiene los resultados finales del colegio (Art. N° 94 Ley N° 18700). Si bien la obtención de una copia del cuadro puede resultar algo muy difícil en términos operativos, la obtención de un certificado similar al acta con los resultados de colegio y las constancias anotadas, resulta fundamental y desde luego la función más importante del apoderado.
12.- Elección Presidencial
So deberá informar del resultado del Colegio al Comité Electoral, tan pronto como éste haya terminado su labor. El informe deberá ser remitiendo por fax la copia o certificado del acta con el resultado del Colegio, y su recepción deberá ser confirmada telefónicamente. El informe deberá contener además, un detalle de las mesas que no fueron escrutadas por el Colegio por cualquier causa, y el resultado sumado para cada candidato que ellas representan sobre la base de los certificados de escrutinios, que obran en su poder. También deberá informar cualquier hecho o circunstancia, que haya sucedido durante el día de la elección o durante el funcionamiento del colegio escrutador, que pueda afectar los resultados o que sea causal de reclamo ante el Tribunal Calificador de Elecciones. Se deberán remitir al Comité Electoral por la Vía más rápida los originales de los certificados con los escrutinios de los Colegios escrutadores y las copias de todos los certificados de mesa obtenidos por los apoderados. También deberá informar cualquier hecho o circunstancia, que haya sucedido durante el día de la elección, que pueda afectar los resultados de la elección presidencial o que sea causal de reclamo ante el Tribunal Calificador de Elecciones.
13.- Elecciones Parlamentarias
• En este caso los Encargados Distritales de Apoderados, deberán localmente establecer un escrutinio completo del Distrito o Circunscripción Senatorial,
sobre la base de sumar los resultados de los Colegios Escrutadores mediante los certificados obtenidos. Considerando sus propios resultados, así como otros antecedentes o irregularidades acaecidas en la elección, deberán decidir localmente, con la asesoría, del Comité Electoral, y de abogados locales expertos, si proceden reclamos o solicitudes de rectificación de resultados ante los Tribunales Electorales, siempre que ellos tengan por objetivo la posibilidad real de poder rectificar el resultado, obteniendo que salga electo nuestro candidato a parlamentario. También deberán estar igualmente preparados para actuar ante el tribunal, frente a reclamos de nuestros adversarios, que busquen perjudicar a nuestro candidato. 

FORMAS DE CONSTANCIAS QUE PUEDEN USAR LOS APODERADOS
1.- El apoderado de la Unión Demócrata Independiente deja constancia de
que el Sr. (Sra.)................................................, cédula de identidad N°..................
fue autorizado por la mesa para votar en circunstancia de que no aparece inscrito en el libro de registro.
2.- El apoderado de la candidatura de la Unión Demócrata Independiente
deja constancia de que el elector, N° de registro.......fue autorizado por la mesa
para votar a pesar de tener su inscripción cancelada o suspendida.
3.- El apoderado de la Unión Demócrata Independiente deja constancia de
que el elector, N° de registro.......fue autorizado por la mesa para votar sin
exhibir su cédula de identidad.
4.- El apoderado de la Unión Demócrata Independiente deja constancia de
que existen........ voto(s) con clara preferencia a favor del candidato Sr.
...............................que fueron escrutados como nulos, cuando debieron
considerarse marcados u objetados a favor del candidato y sumarse a su votación.
4.- El apoderado de la Unión Demócrata Independiente deja constancia de
que existen........ voto(s) con clara preferencia a favor del candidato Sr.
...............................que fueron escrutados como nulos, cuando debieron
considerarse marcados u objetados a favor del candidato y sumarse a su votación.
5.- El apoderado de la Unión Demócrata Independiente deja constancia de
que existen........voto(s) claramente nulos o blancos (poner la que corresponda)
que fueron escrutados como válidos o marcados u objetados a favor del candidato Sr................................y que no debieron haberse sumado a su votación.
6.- El apoderado de la Unión Demócrata Independiente deja constancia de
Existen ……………………voto(s) que , habiendo sido considerados por la mesa como objetados o marcados a favor del candidato señor ……………………….…………….,no aparecen sumados al candidato en las actas de escrutinios, en contravención a lo señalado en el articulo 71 Nº 5 DE LA LEY 18 700.
7.- El apoderado de la Unión Demócrata Independiente deja constancia de que no coinciden el total de votos escrutados que aparecen en las actas de escrutinio, respecto del total de votos efectivamente emitidos en conformidad con el registro de firmas.
8.- El apoderado de la Unión Demócrata Independiente deja constancia de que el Sr. (Sra.)............................................................. , Delegado de la Junta Electoral en el
local de votación, intervino irregularmente en la mesa, en relación a: .............................................(poner la que corresponda) establecer la vigencia de inscripciones electorales, rechazo de electores, y validez o nulidad de votos, careciendo de facultades legales para ello.
Además el apoderado puede redactar cualquier otra constancia necesaria para denunciar otras situaciones irregulares.

* A nivel distrital debe existir un Encargado Distrital de Apoderados, que será responsable del reclutamiento , designación, capacitación, y de dirigir todos los asuntos relacionados con los apoderados en el distrito.

* Bajo sus ordenes se deberán designar Apoderados Generales de local de votación . Para cada local de votación se puede designar además , un Apoderado ante la Oficina Electoral del local de votación, designación que en realidad se usa para que esta persona oficie mas bien como ayudante del apoderado general de local. Adicionalmente se pueden designar mas apoderados de local , si el numero de mesas que funcionen en el local exceden de 30 . Uno mas por cada 20 mesas de exceso de 30. De esta forma en cada local de votación trabajara un equipo de apoderados generales de local, con mínimo de dos y un máximo que dependerá del numero de mesas de local. En todo caso se deberá tener establecido quien será el que este a cargo del local durante el día de la elección.

* La primera misión del Encargado Distrital de Apoderados, es reclutar a este equipo de apoderados Generales de local. Se debe reclutar a personas , preparadas, idealmente profesionales, que tengan experiencia en estas funciones y que hallan trabajado en otras elecciones. Es importante su capacidad de reclutar a mas gente que le ayude cómo apoderados. Se puede nombrar a personas que voten en otros distritos cercanos (caso de Santiago y otros ciudades), cuando sea difícil la cobertura con personas locales . No es requisito ser abogado, pero son bien venidos si conocen o aprenden las disposiciones de la ley Nº18.700 de Votaciones Populares y escrutinios.


* La organización compuesta por el Encargado Distrital de apoderados y los apoderados generales de local , deberán constituir un equipo, que deberá preocuparse de la organización y capacitación de los apoderados del distrito, realizando labores antes ,durante y después del día de la elección. Su trabajo es común para la elección presidencial , de diputados y senadores si corresponde. Este equipo de apoderados será el mismo tanto para la primera vuelta , como para una eventual segunda vuelta en enero del 2010.